Home    VENDER SU CASA Y SEGUIR VIVIENDO GRATIS EN ELLA
¿SABÍA QUE PUEDE VENDER SU CASA Y SEGUIR VIVIENDO GRATIS EN ELLA?
 
Hablamos de la venta de una vivienda conservando su usufructo, pero ¿qué es el usufructo?. La respuesta la encontramos en el artículo 467 del Código Civil, el cual recoge que: “El usufructo da derecho a disfrutar los bienes ajenos con la obligación de conservar su forma y sustancia, a no ser que el título de su constitución o la ley autoricen otra cosa.”
 
Pues bien, el usufructo puede constituirse por la voluntad de las partes, por lo que el comprador y vendedor pueden pactar éste derecho a la hora de realizar la compraventa (art. 468 CC), ante lo cual se obliga al usufructuario a realizar un inventario en caso de que existan bienes muebles y la prestación de una fianza (art. 491 CC).
 
El usufructuario únicamente se hará cargo de los gastos y reparaciones ordinarias (art. 500 CC), debiendo cuidarlas con la diligencia debida y podrá incluso, enajenar o arrendar el derecho de usufructo, siendo responsable del menoscabo que provoque la persona que le sustituya (art. 498 CC).
 
Les dejamos una noticia que versa sobre ésta situación para su mayor información, y si desean conocer la regulación del usufructo, acudan al Código Civil en su Título VI “Del usufructo, del uso y la habitación”, Capítulo I “Del usufructo” que comprende los artículos 467 a 522.
 
http://www.abc.es/economia/inmobiliario/abci-como-vender-casa-y-seguir-viviendo-ella-toda-vida-201709290407_noticia.html

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